miércoles, 11 de mayo de 2011

TEMA 3: ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO ESCOLAR






COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DEL CENTRO ESCOLAR.


COMPETENCIAS DEL DIRECTOR:

-Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
-Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro.
-Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
-Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y controlar la asistencia al trabajo.
-Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
-Gestionar los medios materiales del centro.
-Administrar los ingresos, autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos.
-Designar al Jefe de Estudios y al Secretario, así como a cualquier otro que pueda formar parte del equipo directivo.
-Designar a los Coordinadores de ciclo, a los Tutores y a los Coordinadores de etapa.
-Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar.
-Elaborar, junto con el resto del Equipo Directivo, la propuesta del Proyecto Educativo de Centro y de la Programación General Anual.
-Facilitar la adecuada coordinación con los centros educativos del Distrito.
-Proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.
-Facilitar información sobre la vida del Centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
-Asignar provisionalmente el horario al profesorado, elaborado previamente por la Jefatura de Estudios, hasta su aprobación definitiva por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.
-Otorgar al personal del centro permisos y licencias, en los términos que establezca al efecto el Departamento de Educación y Cultura.
-Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes.
-Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del centro y colaborar con la Administración educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo.
-Promover e impulsar las relaciones del Centro con su entorno.
-Garantizar el derecho de reunión del profesorado, alumnado, padres y madres de alumnos y personal de administración y servicios.


COMPETENCIAS DEL JEFE DE ESTUDIOS:

-Ejercer la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
-Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
-Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en
relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y,
además, velar por su ejecución.
-Elaborar los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
-Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
-Coordinar y dirigir la acción de los tutores y del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
-Coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
-Organizar los actos académicos.
-Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar.
-Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual.
-Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que
correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los
criterios fijados por el consejo escolar.
-Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
-Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia



-Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual.
-Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren
-Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.-Informar a los padres de su actividad.
-Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
-Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior. Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.
-Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
-Recibir un ejemplar del Proyecto Educativo, del Proyecto Curricular de etapa y de su Centro.-Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el funcionamiento del mismo.
-Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.

COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA:


-Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.
-Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y sus posibles modificaciones.
-Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.
-Elaborar la propuesta de criterios para realizar las adaptaciones curriculares de los alumnos.
-Proponer al Claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación.
-Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.
-Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación.
-Proponer al Claustro el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evaluación del aprendizaje y el proceso de enseñanza.
-Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyecto del Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa, e impulsar planes de mejora.

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